Lalicencia de primera ocupaci贸n es un documento que expide el ayuntamiento correspondiente y con el que da el visto bueno para ocupar la vivienda por reunir todos los requisitos, Tambi茅n es imprescindible para solicitar y contratar los suministros b谩sicos para la casa. Cuando vayas a contratar el agua, la luz o el gas, las Existentres tipos de licencias de primera ocupaci贸n: para los edificios de nueva construcci贸n, para los que han sido modificados de manera sustancial (por ejemplo, una ampliaci贸n) y los que han
Lapersona que solicita la licencia de primera ocupaci贸n es el promotor o el propietario de la vivienda. Adem谩s, se tramita ante el correspondiente ayuntamiento, incluyendo los documentos que nos

Siest谩 construido sobre suelo terciario, entonces es despacho profesional, y l贸gicamente no pueden tener c茅dula de habitabilidad, deben tener licencia de primera ocupaci贸n, y tributa al 21%, si es primera transmisi贸n. Si es segunda transmisi贸n, puede cotizar por ITP, y cotizar铆a al impuesto que tenga cada comunidad, en Madrid es un 7%

Enuna reciente consulta, la V2240-21, de 5 de agosto de 2021, la Direcci贸n General de Tributos (DGT) analiza la consulta planteada por una entidad que, a trav茅s de varios procedimientos de ejecuci贸n hipotecaria, se ha adjudicado directamente del promotor viviendas que tienen otorgado el certificado final de obra, pero no licencia de
Juntoa la comprobaci贸n de estos requisitos la licencia de segunda ocupaci贸n har谩 constar los datos b谩sicos de la vivienda como: Su direcci贸n y ubicaci贸n. La superficie 煤til con la que cuenta la vivienda y de sus habitaciones. El n煤mero de estancias y de espacios de que se compone la vivienda. Una referencia en cuanto al
Yrecordaba, con cita de sentencias de 1 marzo y 21 junio 2012 (sec. 4陋) -EDJ 2012/145337- o en la de 3 noviembre 2011 (sec. 5陋) -EDJ 2011/268081-, que la obtenci贸n de la citada licencia de primera ocupaci贸n, constituye en t茅rminos generales un elemento esencial del cumplimiento de la obligaci贸n de entrega de la vivienda que
Lalicencia de segunda ocupaci贸n acredita la habitabilidad de la vivienda en los supuestos en que han transcurrido m谩s de diez a帽os desde el otorgamiento de la primera licencia, se han producido transmisiones o nuevas obras. La solicita el propietario o el arrendatario ante su Ayuntamiento. Lo que conlleva seg煤n las Ordenanzas fiscales
Copiade la licencia de obras, de la c茅dula urban铆stica y de la licencia de primera ocupaci贸n de la vivienda, si las hay. Asimismo, se indicar谩 que se encuentra a disposici贸n de los interesados en la adquisici贸n o arrendamiento, el Libro del Edificio que se est茅 formando en el curso de la obra o, si 茅sta hubiese concluido, que ya se encuentre en wiZo.
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